¿Cuándo se lee un testamento?

El testamento es un documento que dejan escrito las personas antes de fallecer y en el que se contemplan todas sus voluntades. Lo habitual es que en él se detalle el reparto del patrimonio y los bienes con los que esta persona contaba. 

Por diferentes circunstancias, hay personas que desean conocer lo que viene determinado en este escrito cuanto antes. En ocasiones es porque el fallecido nos deja en una situación precaria, o porque contamos con que algún bien que nos es necesario se nos otorgue. Lo habitual es que los herederos quieran salir de dudas.

Pero, ¿cuándo se procede a leer el testamento?, ¿conoces los plazos tras el fallecimiento de una persona? En este artículo, despejamos todas las dudas al respecto.

Después de una muerte, ¿cuándo se lee el testamento?

Lo cierto es que no hay un tiempo establecido para leer el testamento que se indique de una forma específica. Lo que se tardará en hacerlo va a depender de los plazos impuestos para otros trámites relacionados, es decir, casi por una cuestión de descarte.

Siguiendo todos los protocolos posteriores al fallecimiento de una persona, lo común es que la lectura se dé a los seis meses como máximo. Para llegar a esta conclusión hay que tomar en cuenta que el pago de los impuestos correspondientes y la plusvalía tienen precisamente este plazo.

Si deseas conocer este dato con más exactitud en cada caso y seguir las vías más rápidas, lo ideal es contratar a abogados expertos en herencias como los que encontrarás en este enlace: https://garanley.com/abogados-herencias/ Estos especialistas sabrán orientarte al respecto y podrán realizar los protocolos correspondientes por ti, además de hacer reclamaciones u otros procedimientos en caso de necesitarlo.

¿Quién puede acceder a la lectura de un testamento?

Lo cierto es que cualquier persona que esté interesada en conocer las voluntades sobre el patrimonio de un fallecido puede tener acceso al testamento. Es porque, desde el momento de la muerte, este documento se convierte en público.

Sin embargo, los abogados que solicitan este documento solo van a facilitarlo de primera mano a una selecta lista de personas. Son las siguientes:

  • El albacea. Se trata de la figura responsable de la administración del patrimonio del fallecido. Sus cometidos son variados, pues se encargará de presentar el testamento, hacer la notificación de acreedores, el correspondiente pago de los impuestos y la distribución del patrimonio o bienes.
  • Los beneficiarios. Las personas a las que la persona fallecida decidió otorgar sus bienes, sean o no miembros de la misma familia. En el caso de los menores, se ofrecerá la correspondiente copia a los tutores legales o padres.
  • Los herederos legítimos. Los herederos legítimos son los familiares directos a los que corresponde una parte de la herencia por ley, por ejemplo, los hijos o los cónyuges.
  • Otras personas involucradas. También se suele facilitar el testamento a las personas que están involucradas en el testamento, aunque no se trate de herederos directos. Es el caso de los beneficiarios de un fideicomiso, por ejemplo.

Pasos para leer un testamento

Conocer los pasos para leer un testamento puede ser interesante para que te familiarices con este proceso y puedas hacerlo de una forma mucho más rápida. Te los mostramos todos, uno por uno, a continuación.

Paso 1: Certificado de defunción

El testamento pasa a ser válido y público en el momento en el que la persona fallece. Por lo tanto, el primer paso será la presentación del certificado de defunción ante un tribunal. Tras ser notificado de esto, dicho tribunal podrá proceder a la abertura del correspondiente testamento bajo su custodia. Todo esto en el caso de que la persona difunta tenga un testamento realizado ante notario, pues de lo contrario no se podrá seguir por esta vía. Hay que tener en cuenta que no todas las personas dejan sus voluntades por escrito, especialmente si la defunción se produce a una edad prematura.

Paso 2: La notificación de apertura

El testamento se va a entregar a un funcionario judicial en el momento en el que el tribunal tenga conocimiento de la defunción. Este profesional será el responsable de los procedimientos posteriores. Es decir, pasará por un proceso en el que se haga una comprobación de su integridad y legitimidad, hará la apertura del sobre y también tomará nota del contenido del mismo, es decir, los bienes y su distribución. Será también el que decide si se otorgan copias a los familiares o a otras personas afectadas por el documento.

Paso 3: La lectura del testamento

Después de todas estas fases es cuando se procede a leer la integridad del documento con todas las voluntades del fallecido, habitualmente en una ubicación previamente pactada y con los beneficiarios como asistentes. Si hay otras últimas voluntades posteriores o impugnaciones, la distribución puede sufrir alguna variación.

Paso 4: Aceptación o rechazo

Una vez se realiza la lectura íntegra del testamento se abrirá un plazo en el cual los herederos pueden aceptar o rechazar la herencia que les corresponde. Cabe destacar que una herencia solo se puede aceptar en su totalidad, con sus beneficios y deudas en caso de tenerlas. Por este motivo, algunos de los herederos puede decidir renunciar a ello por una causa económica, si no se ve capacitado para afrontar las deudas de la persona fallecida. En cualquier caso, no es necesario ofrecer explicaciones para ello, pues aceptar una herencia es un derecho y en ningún caso una obligación.

¿Qué pasa si no se abre un testamento?

Lo cierto es que no existe ninguna obligación en cuanto a la apertura de los testamentos, no obstante, hay algunos plazos que son de obligatorio cumplimiento. En el caso de haber varios herederos y que uno de ellos (o varios) eviten pronunciarse al respecto, es posible solicitar la intervención de un notario que obligue a aceptar o bien rechazar su parte correspondiente. Es una medida para evitar que el resto de los beneficiarios se vean afectados.

La presentación voluntaria va a tener un plazo que se extiende durante 6 meses después de que la persona fallece. Los impuestos van a prescribir después de ese periodo de tiempo. A continuación, lo que sucederá será que se empezarán a acumular diferentes deudas tributarias a causa de la demora.

¿Qué quiere decir esto? Que alargarse demasiado a la hora de realizar el trámite puede tener consecuencias negativas y, sobre todo, económicamente elevadas. Sin embargo, si la intención es no llegar a leer nunca este documento, no existe ningún tipo de penalización o multa por ello. En cualquier caso, lo más interesante será seguir los trámites indicados previamente, leer las voluntades de la persona y, si finalmente no interesa esta herencia, rechazarla en el plazo determinado para ello.