A la hora de redactar un testamento es fundamental dejarse asesorar por los expertos para poder escoger entre los diferentes tipos de testamentos el que mejor se adapte a cada situación personal. A continuación te contamos los diferentes tipos de testamentos que existen y cuáles son sus características principales.
El testamento abierto
Uno de los tipos de testamento más comunes que existe es el testamento abierto. Se trata de un tipo de testamento en el que el testador expresa sus últimas voluntades ante notario, y éste queda enterado de todo su contenido. Además deben acudir dos testigos al acto de otorgamiento si el testador no puede o no sabe firmar el testamento. Asimismo, si el testador es ciego o no puede leer por sí mismo el testamento también deberán acudir dos testigos. En estos casos los testigos leerán el testamento ante notario y tendrán que declarar que coincide con la voluntad del testador. En estos casos es el notario el encargado de redactar el contenido del testamento según la voluntad del otorgante. Solamente se puede hacer este tipo de testamento sin un notario cuando haya peligro inminente de muerte o peligro de epidemia.
El testamento ológrafo
Por otro lado encontramos el testamento ológrafo. Se trata de un tipo de testamento escrito a mano por el testador. Par que este testamento sea válido tiene que estar escrito siguiendo unos requisitos concretos, como que la persona que lo redacta debe ser mayor de edad, escribirlo de su puño y letra y firmarlo indicando el día, el mes y el año en que se otorga dicho testamento. Este tipo de testamento no debe presentarse ante notario antes del fallecimiento, pero una vez fallecido el testador el testamento podrá hacerse legal en los cinco años después del fallecimiento. Además se tendrá que protocolizar ante notario presentándolo en los diez días después de que tengas constancia del fallecimiento, en caso contrario, la persona que tenga el testamento en su poder será responsable de los daños y perjuicios que su no presentación haya podido causar a los herederos.
El testamento cerrado
Por otro lado encontramos los testamentos cerrados. Se trata de un tipo de testamentos en los que el testador no revela su última voluntad sino que declara que ésta se encuentra redactada en el «pliego» que sí entregará al notario. Estos testamentos son escritos, están redactados del puño y letra del testador y deben incluir su firma. Si lo escribe o mecanografía un tercero será fundamental que el testador firme todas las hojas al pie del testamento. Sobre este tipo de testamento nos han explicado los expertos abogados en herencias de Garanley que si el testador no sabe firmar lo hará en su nombre también al pie y en todas las hojas redactadas otra persona, que deberá explicar la causa de la imposibilidad de firma por parte del testador. Además antes de la firma se deberá corregir también las palabras tachadas, enmendadas o que hayan sido escritas entre renglones.
El testamento simplificado
Encontramos también el testamento simplificado o testamento público simplificado. Este tipo de testamento es el que otorga el testador ante notario en el momento de la escrituración de algún inmueble que se vaya a destinar o que se destine a vivienda. En este testamento se consigna la adquisición la regularización de la vivienda, lo que quiere decir que el testamento queda directamente plasmado en las escrituras en estos casos.
El testamento marítimo
Por otro lado encontramos otro tipo de testamento menos común, que data de tiempos más antiguos, pero para el que también existe a día de hoy todavía supuestos. El testamento marítimo es aquel que puede otorgarse en un viaje por el mar, aborde de un buque mercante o de un buque de guerra. En estos casos el testamento debe entregarse ante el contador o ante el capitán.
El testamento militar
Asimismo, los voluntarios, los militares que se encuentren en campaña, los prisioneros, los rehenes y todo tipo de empleados del ejército o que estén junto a éste también pueden entregar su testamento a un oficial con categoría mínima de capitán. Además, si el testador está herido u enfermo también puede entregar el testamento ante el capellán o el médico que le esté asistiendo. Si se encuentra en un destacamento podrá entregar el testamento militar ante el que lo mande, aunque sea un subalterno. En todo caso tendrán que estar presentes dos testigos y este testamento caduca a los cuatro meses desde que el militar deje de estar en campaña.
El testamento hecho en país extranjero
Encontramos también el testamento elaborado en un país extranjero. Si la persona testadora está fuera de España porque reside en el extranjero u por vacaciones también cuenta con la posibilidad de redactar un testamento según las normas del país en el que se encuentre en ese momento. Para que este testamento pueda ser válido también en España no podrá ser mancomunado u otorgado por dos o más personas, incluso aunque esta forma de testamento sea admitida en las normas del país en que se encuentre el testador cuando lo redacte.
El testamento privado
Por último encontramos los testamentos privados. Se trata de un tipo de testamentos que únicamente podrán hacerse válidos en casos muy concretos: como los casos más graves de enfermedad o de muerte violenta. Además, para ser válido deberá tenerse en cuenta que no podrá haberse realizado en lugar de éste un testamento ológrafo por diferentes causas reales.